
Conforme al Artículo 221 de la Constitución Nacional, las 80 bancas para la Cámara de Diputados fueron distribuidas de acuerdo a la densidad electoral de cada departamento. En tanto, el Artículo 11° de la Ley 426/94, que establece la Carta Orgánica Departamental señala que las Juntas Departamentales estarán compuestas con un mínimo de siete miembros y un máximo de 21 miembros titulares e igual número de suplentes.
Se resalta además, que para las Elecciones Generales a celebrarse el 22 de abril del 2018, se habilitaran Mesas Receptoras de Votos para los ciudadanos paraguayos residentes en la República de Argentina, República Federativa de Brasil, Estados Unidos de América y Reino de España.
