Aprueban pensión automática para adultos mayores
Fecha: 2019-12-12 00:00:00 / Visitas: 108
La Cámara de Diputados rechazó el veto del Poder Ejecutivo respecto al proyecto de ley que establece un nuevo régimen de pensión alimentaria para los adultos mayores. De esta manera, todos aquellos que cumplan 65 años y se encuentran en situación de vulnerabilidad podrán acceder a este beneficio.

Durante la sesión ordinaria de este miércoles, la Cámara Baja rechazó el Decreto 2599/19 por el cual se objeta parcialmente el Proyecto de Ley “Que modifica y amplía la Ley 3728/2009 ‘Que establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para las personas adultas mayores en situación de pobreza”.

Cabe recordar que ya la semana pasada, el Senado había hecho lo propio al votar en contra del dictamen del Poder Ejecutivo que consideraba como inviable la propuesta legislativa alegando que no existen fondos suficientes para financiar estos subsidios.

De esta manera y ya habiéndose completado el circuito parlamentario correspondiente, la ley deberá ser promulgada en los próximos días o semanas por el presidente de la República, Mario Abdo Benítez.

El citado proyecto contempla que todo paraguayo natural o naturalizado, con por lo menos 5 años de residencia o extranjero con por lo menos 30 años de residencia, mayor de 65 años de edad en situación de vulnerabilidad social, residente en el territorio nacional, recibirá del Estado una pensión mensual no menor a la cuarta parte del salario mínimo vigente.

De igual manera, se establece la incorporación automática de todos aquellos que hayan cumplido los 65 años de edad, además de la creación de un “Fondo de Pensión Alimentaria para Personas Adultas Mayores”.

La implementación se llevará a cabo de manera gradual para lograr la inclusión de todos los beneficiarios. En este caso, el 50% de los adultos mayores que pertenezcan a los departamentos más pobres será contemplado en el primer año y posteriormente el restante 50% en el segundo año.

La Dirección General de Estadística, Encuestas y Censos (DGEEC) es la institución que tendrá a su cargo la tarea de brindar la información referente a qué departamentos registran el menor índice de desarrollo, a fin de lograr la distribución de los dos grupos.

Quedarán exentos de este beneficio aquellas personas que reciban una remuneración del sector público o privado tales como sueldo, jubilación, pensión y/o seguro social, así como quienes contribuyan al Impuesto a la Renta Personal (IRP) y quienes en su declaración jurada para el Impuesto al Valor Agregado (IVA) declaren ingresos superiores a dos salarios mínimos mensuales y aquellos que posean más de 30 cabezas de ganado.

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