
“Esta representación considera que la resolución impugnada contiene una errónea aplicación del Código de Procedimientos Penales, en virtud a que se ha impuesto una medida cautelar menos gravosa que la prisión preventiva, a pesar de que no han cesado los presupuestos que habrían fundado inicialmente la medida cautelar impuesta por el juzgado penal de Garantías de turno”, afirma la fiscala.
La cuestión será objeto de estudio por parte del Tribunal de feria, integrado por los camaristas Delio Vera Navarro, Bibiana Benítez y Mirtha González de Caballero. Esta cámara ratificó recientemente la prisión de otros dos procesados en el mismo caso, el contador Diósmede Aguilera y Juana Cardozo de Aguilera.
El Ministerio Público investiga la presuntas empresas ficticias creadas para lavar el dinero de Cabeza Branca, actualmente preso en el Brasil.
Cabe recordar que luego de que el juez López concediera el referido beneficio al dirigente deportivo, la Corte Suprema de Justicia ordenó la realización de una auditoría del caso, a cargo de la Dirección de Auditoría de Gestión Jurisdiccional.