Hasta el 22 de agosto hay tiempo para el referéndum, según TSJE
Fecha: 2017-02-22 00:00:00 / Visitas: 415
El presidente del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), Jaime Bestard, indicó que el referéndum para decidir la enmienda constitucional para habilitar la reelección presidencial debe hacerse antes del 22 agosto, de modo que pueda ser incluido en las elecciones generales del 2018. Dijo que hay condiciones para realizar las elecciones para que la ciudadanía vote por el sí o por el no, pero todo depende del Parlamento.

Además, aseguró que de ser aprobada en las próximas semana la enmienda, las elecciones podrían realizarse en mayo o junio, porque, si bien es una elección más simple de realizar, necesariamente se debe hacer pasos preparatorios y decidir la conformación de las mesas. “Existe las condiciones, simplemente hay que ver qué decisión toma el Congreso Nacional con respecto a eso y ponerse a trabajar por el tema”, puntualizó.

Dijo que lo mínimo que requiere el TSJE para realizar un proceso de organización de un referéndum es de 60 días, para la preparación de todos los materiales, aunque por ejemplo el boletín de votos es más sencillo porque la opción es por el sí o por el no. Sin embargo, hay un periodo de propaganda electoral que debe habilitarse a más de tener en cuenta que es una elección a nivel nacional.

“La Justicia Electoral tiene una estructura preparada para recibir cualquier decisión que tome el Congreso en materia de una enmienda, lo que implica la obligación como institución de convocar a un referéndum en un plazo de 180 días. Hay un trabajo previo que hacer porque es una elección nacional con todo lo que eso implica en materia de organización y presupuesto”, aseveró Bestard.

INDÍGENAS

La Justicia Electoral junto con otras instituciones, lanzó ayer el proyecto de fortalecimiento de la participación electoral de los pueblos originarios del Paraguay, que pretende capacitar en educación cívico-electoral y documentar a los habitantes de las comunidades de Presidente Hayes, Concepción, Amambay, Canindeyú y Alto Paraguay, para posteriormente inscribirlos en el Registro Cívico Permanente (RCP).

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